Recomendaciones importantes antes de confirmar el borrador de su declaración de Renta.

  • Recuerde las operaciones que ha realizado en el año 2014, recopile diversos documentos, como información bancaria, contratos de alquiler, facturas, recibos de IBI etc. , certificado de haberes.
  • Solo debe confirmar el Borrador de su Declaración de Renta si ha revisado todos los datos detallados en dicho borrador. Como por ejemplo situación personal y familiar, datos de la vivienda, referencias catastrales, imputación de la vivienda (a usted y a su cónyuge), minusvalías, cambios de domicilio, donativos abonados a entidades benéficas, deducciones por alquiler de vivienda habitual, cuotas abonadas a sindicatos, a colegios profesionales. etc.
  • Si ha trasmitido acciones, o derechos, si ha vendido bienes o derechos procedentes de Herencias recibidas, si ha vendido bienes muebles, o viviendas haya habido o no ganancia patrimonial, deben ser declaradas en su Impuesto sobre la Renta.
  • Cuando recibimos Rendimientos de trabajo atrasados, sin haber sido objeto de Sentencia Judicial, se imputan en el año que fueron exigibles, es decir, si fueron abonados en 2014 salarios correspondientes al 2012, tendrán que presentar Declaración Complementaria del ejercicio 2012.
  • Ahora bien si los salarios se han obtenido mediando una Sentencia Judicial, serán exigibles en el año en el que la Sentencia fue firme. Por ejemplo; si obtiene una Sentencia en Noviembre de 2014, pero a usted no se la hacen efectiva hasta el día 4 de enero de 2015, deberá imputarla en el ejercicio 2014, pues fue este en el que la Sentencia adquirió firmeza.
  • Si usted Declara por rendimientos de Capital Inmobiliario, deberá tener en cuenta, que podrá deducirse los gastos de comunidad, tasa de basuras, IBI, seguro, reparaciones, si la vivienda ha sido alquilada todo el año, los 365 días, si no ha sido así, no podrá deducirse la totalidad de los mismos, únicamente la parte proporcional al periodo en que estuvo arrendada.

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