En la revisión parcial del V Convenio Colectivo, efectuada en mayo de 2013, se incluye un apartado octavo con el objeto de aclarar los requisitos para obtener la Tarjeta Profesional de la Construcción y su contenido en materia de formación:
De manera habitual se ha venido prestando formación por puesto de trabajo u oficio tanto para los trabajadores cuya actividad se veía reflejada en algún artículo del Convenio como para aquellos para los que no era así. Respecto a estos últimos muchas de las empresas han ido elaborando un contenido formativo adaptado a sus necesidades específicas.
Si bien estos contenidos no son válidos para obtener la TPC por no estar contenidos en el Convenio General del Sector de la Construcción, sí debe tenerse presente que cuando un trabajador disponga de la TPC puede incluir esta formación en su tarjeta, obtenida por los medios reconocidos en el V CGSC.
Como se ha señalado, en todo caso se deberá cursar un curso completo de 8 horas o de 20 horas por puesto de trabajo u oficio contenidos en el Convenio General del Sector de la Construcción para la obtención de la TPC no permitiéndose, en consecuencia, que recibiendo un curso de 20 horas no contenido en el Convenio más 6 horas de formación de trabajadores multifuncionales o polivalentes, se obtenga la TPC.
En definitiva, la TPC sólo se podrá obtener recibiendo o un curso de 8 horas de Aula Permanente o un curso de 20 horas por puesto de trabajo u oficio contenido en el Convenio General del Sector de la Construcción.